- La decisión de la Corte, aunque introduce algunas exclusiones relevantes, no corrige los graves problemas estructurales de un impuesto que consideramos altamente inconstitucional y perjudicial para el tejido empresarial del país
- En un entorno caracterizado por altos costos laborales, elevada carga tributaria, inflación y tasas de interés altas, este impuesto incrementa el riesgo de descapitalización empresarial, comprometiendo la sostenibilidad de las compañías y afectando la actividad económica en general
- FENALCO hizo un llamado al próximo gobierno y al Congreso para que adopte un compromiso claro con un escudo fiscal que proteja la inversión, evite la imposición de tributos confiscatorios y garantice un entorno en el que las empresas puedan operar con un mínimo vital que asegure su sostenibilidad
El presidente de FENALCO, Jaime Alberto Cabal, expresó su preocupación frente a la reciente decisión de la Corte Constitucional de suspender provisionalmente de manera parcial los efectos del impuesto al patrimonio establecido en el Decreto Legislativo 240 de 2026.
Si bien la medida excluye temporalmente del recaudo a las personas jurídicas sin ánimo de lucro, como universidades, edificios, centros comerciales y conjuntos sometidos a propiedad horizontal, y a las empresas en proceso de liquidación, mantiene intacta la obligación para las personas jurídicas con capital superior a 10.474.800 millones de pesos. Asimismo, las empresas prestadoras de servicios públicos que no se encuentren en zonas de emergencia invernal seguirán obligadas a pagar este impuesto, lo cual inevitablemente se podría trasladar a las tarifas que deben asumir todos los colombianos.
“La decisión de la Corte, aunque introduce algunas exclusiones relevantes, no corrige los graves problemas estructurales de un impuesto que consideramos altamente inconstitucional y perjudicial para el tejido empresarial del país”, afirmó el vocero de los comerciantes.
Se insiste en que “se instrumentaliza el estado de emergencia para resolver un problema estructural de financiación estatal”. En un contexto en el que surgen constantes cuestionamientos sobre el manejo de los recursos públicos, no resulta lógico, ni justo trasladar la carga a los empresarios para compensar deficiencias fiscales de una administración percibida como cada vez más
descuidada, derrochadora y con serios señalamientos de corrupción.
De igual forma, según FENALCO, “el impuesto carece de conexidad material directa con la crisis declarada”, puesto que el Decreto no establece un cálculo claro de los recursos necesarios para atender la emergencia, lo que impide identificar con precisión el destino de los fondos recaudados.
El líder gremial, también advirtió que “el decreto no supera el juicio de necesidad”, en la medida en que no demuestra la inexistencia de mecanismos ordinarios para atender la situación fiscal. La negativa del Congreso a aprobar una ley de financiamiento no constituye una imposibilidad jurídica, sino una decisión democrática que debe ser respetada.
“Adicionalmente, el impuesto al patrimonio es confiscatorio, ya que grava una manifestación estática de riqueza sin considerar los resultados y la liquidez real de las empresas contribuyentes. La aplicación de tarifas entre el 0,50% y el 1,6% sobre una base patrimonial no líquida puede generar cargas significativas para empresas cuyo capital está invertido en activos productivos. En estas condiciones, la única forma de cumplir con la obligación tributaria puede ser la enajenación de activos, afectando directamente la estructura productiva”.
En un entorno caracterizado por altos costos laborales, elevada carga tributaria, inflación y tasas de interés altas, este impuesto incrementa el riesgo de descapitalización empresarial, comprometiendo la sostenibilidad de las compañías y afectando la actividad económica en general.
“Bajo las condiciones actuales, este tipo de medidas pone en riesgo la inversión, el empleo y la estabilidad económica del país”.
Finalmente, Jaime Alberto Cabal, hizo un llamado al próximo gobierno al Congreso para que adopte un compromiso claro con un escudo fiscal que proteja la inversión, evite la imposición de tributos confiscatorios y garantice un entorno en el que las empresas puedan operar con un mínimo vital que asegure su sostenibilidad.