Preocupa la constitucionalidad del decreto de emergencia por cuanto no es clara la configuración de hechos sobrevinientes o imprevistos

La atención a la nutrición de los niños, la crisis del agua y las consecuencias futuras  del Fenómeno del Niño son de suma importancia; no es clara la constitucionalidad para atender su solución por la vía de la Emergencia Económica y Social.

FENALCO hace un llamado a hacer buen uso de la emergencia, evitando nuevos impuestos y reduciendo gastos innecesarios del sector público.

Aunque los hechos por los cuales el Gobierno Nacional ha decidido decretar emergencia económica, social y ambiental en el departamento de La Guajira son de suma importantancia y la necesidad de atender la crisis merece atención efectiva e inmediata; corresponde a la Corte Constitucional determinar si la falta de agua y la desnutrición infantil, que son problemas estructurales y que vienen de tiempo atrás o para el caso del Fenómeno del Niño, que es un evento futuro, del cual no se conocen las consecuencias; constituyen hechos sobrevinientes, que le den la validez legal a la declaratoria de emergencia o si por elcontrario se podrían atender con facultades ordinarias y sin necesidad de recursos extras, sino del presupuesto vigente de la Nación. Así lo afirmó Jaime Alberto Cabal, presidente de FENALCO.

“Claramente acompañamos la necesidad de que el Gobierno Nacional atienda de forma eficiente, rápida y definitiva la crisis por la falta de agua potable y mortalidad infantil, no solamente en la Guajira, sino en departamentos como Vaupés, Vichada y Chocó, donde la situación es igual o más grave. Sin embargo, la solución de este drama, evidente desde tiempo atrás, incluso antes de la reforma tributaria del año pasado, debió considerarse dentro de la adición presupuestal de cerca de 17 billones de pesos, aprobada recientemente, en condiciones constitucionales ordinarias”, afirmó el dirigente gremial.

La emergencia económica y social atribuye al presidente de la República la posibilidad expedir decretos con el efecto material de una ley, reuniendo en el gobierno, no solo las facultades ordinarias del ejecutivo, sino también las del legislador. Por ello es fundamental el control político y de constitucionalidad que corresponde al Congreso y a la Corte Constitucional, respectivamente.

 “El gobierno debe ser muy cuidadoso al hacer uso de la emergencia, evitando nuevos impuestos que contraigan la economía y cualquier señal contraria a la libertad de empresa ya la seguridad de las inversiones. Cualquier error en ese sentido, impulsaría al dólar al alza, aumentando las necesidades de recursos para atender el servicio de la deuda”.

Sea esta también la oportunidad para que el sector público implemente políticas urgentes de racionalización del gasto que permitan destinar estos recursos a atender necesidades ineludibles de todos los colombianos”, dijo Cabal Sanclemente.

Descargue aquí el documento

Identificarse dejar un comentario
Sospechosas “Jugaditas” para generar quórum revivieron el trámite de la reforma laboral en la comisión séptima de la cámara: FENALCO