En días pasados, el Ministerio del Trabajo publicó la Resolución No. 4179 de 2025 “Por medio de la cual se crea el modelo de reenfoque de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social denominado “Una inspección con Propósito” que incorpora el enfoque diferencial y de género y que estará a cargo del equipo de Inspección de Trabajo y Seguridad Social”.
De esta manera, tiene por objeto crear el modelo de reenfoque de la Inspección de Trabajo y la Seguridad social denominado “Una inspección con propósito”, por medio del cual se incorpora el enfoque diferencial y de género, en cumplimiento de la normatividad vigente. Este enfoque constituye un mecanismo estratégico para la protección efectiva de los derechos humanos de la población trabajadora del país, conforme a lo establecido en la normatividad nacional, los instrumentos internacionales ratificados por Colombia y la jurisprudencia, que resulta vinculante para el Ministerio del Trabajo.
Así, se adoptan los siguientes elementos conceptuales y orientadores, los cuales deberán guiar las actuaciones del equipo de inspección, vigilancia y control en el desarrollo de sus funciones, con la aplicación del enfoque diferencial y de género:
- Vulneraciones de los derechos humanos.
- Indubio Pro-operario.
- Violencia laboral.
- Violencia basada en género.
- Discriminación en el entorno del trabajo.
- Edadismo en el entorno del trabajo.
- Xenofobia en el entorno del trabajo.
- Capacitismo en el entorno del trabajo.
- Racismo en el entorno del trabajo.
Por último, para efectos de la programación, priorización y ejecución de las visitas de inspección, se considerarán como fuentes de información los expedientes que cada integrante de la inspección tiene a su cargo, así como quienes que se asignen mediante reparto de casos nuevos. De igual forma, constituirán fuentes de actuación los casos que surgen a partir de los hallazgos que se evidencien durante las visitas que se realicen en el marco de los cinco ejes estratégicos de inspección, y todo accidente de trabajo grave y/o mortal que sean reportados al Ministerio del Trabajo, esto incluirá aquellos que sean de público conocimiento.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.