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Notijurídico 126 - El ICA establece los requisitos sanitarios para la importación Alimentos Balanceados derivados de animales acuáticos procedentes de España

En días pasados, el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA publicó la Resolución No. 18582 de 2025 “Por medio de la cual se establecen los requisitos sanitarios para la importación a Colombia de Alimentos Balanceados derivados de animales acuáticos procedentes de España, para uso comercial”.

De esta manera, tiene por objeto establecer los requisitos sanitarios para la importación a Colombia de alimentos balanceados derivados de animales acuáticos procedentes de España, para uso comercial.

Así, serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas que importen a Colombia Alimentos Balanceados derivados de animales acuáticos procedentes de España, para uso comercial.

Igualmente, para la importación a Colombia de Alimentos Balanceados derivados de animales acuáticos procedentes de España, para uso comercial se deberán cumplir determinados requisitos:

  1. Que el alimento ha sido elaborado y almacenado en un establecimiento registrado de acuerdo con las normas de la Unión Europea y que se encuentra bajo el control sanitario oficial de las Autoridades españolas.
  2. Que las proteínas o los productos y subproductos de animales acuáticos transformados contienen exclusivamente proteínas animales no destinadas al consumo humano.
  3. Que las proteínas animales utilizadas para la elaboración del producto, han sido procesadas mediante uno de los métodos de transformación señalados en el capítulo III del Reglamento Europeo No 142/2011.
  4. Que los productos fueron procesados y manipulados en función de evitar cualquier posible contaminación por organismos patógenos.

Por último, los funcionarios del Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, en el ejercicio de las actividades de inspección, vigilancia y control que se realicen en virtud de la presente Resolución, tendrán el carácter de inspectores de policía sanitaria y gozarán del apoyo y protección de las autoridades civiles y militares para el cumplimiento de sus funciones.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

Descargue el documento aquí

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