En días pasados, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, expidió la Circular No. 24 de 2026 “Por la cual se modifica el reporte de información al Sistema de Información de Precios de Medicamentos - SISMED y su transitoriedad”.
De esta manera, el reporte conforme con las especificaciones de los Anexos Técnicos No. 1 y No. 2 de la presente Circular será obligatorio respecto de las transacciones efectuadas a partir del 1 de enero de 2027. En consecuencia, el primer reporte de los actores identificados con el Rol 1 corresponderá a las transacciones del mes de enero de 2027 y se enviará del 1 al 28 de febrero de 2027, y el primer reporte de los actores identificados con el Rol 2 corresponderá a las transacciones de los meses de enero, febrero y marzo de 2027 y se enviará del 1 al 30 de abril de 2027.
Igualmente, las transacciones efectuadas hasta el 31 de diciembre de 2026 se reportarán en los términos dispuestos en la Circular 06 de 2018, dentro de los plazos allí previstos, aun cuando venzan con posterioridad a esa fecha. Lo anterior comprende el reporte del mes de diciembre de 2026 a cargo de los actores, que se enviará del 1 al 31 de enero de 2027, y el reporte de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2026 a cargo de los actores, que se enviará del 1 de enero al 15 de febrero de 2027.
Por último, el período de prueba de la plataforma, que inició el 1 de julio de 2026, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026. Durante este período, los obligados a reportar podrán realizar envíos de prueba bajo la estructura de los Anexos Técnicos No. 1 y No. 2 de la presente Circular de forma voluntaria, sin que ello tenga carácter vinculante ni sustituya el reporte obligatorio, y contarán con el acompañamiento de la Secretaría Técnica de la Comisión.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.