En días pasados, el Ministerio de Justicia y del Derecho, expidió el Decreto No. 1446 de 2026 “Por el cual se modifican las reglas de reparto de la acción de tutela”.
De esta manera, las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional, y las dirigidas contra actuaciones administrativas, políticas, programas o estrategias del Gobierno nacional relacionadas con la erradicación de cultivos ilícitos, serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los jueces de circuito o con igual categoría.
Así, las acciones de tutela dirigidas contra las actuaciones u omisiones del Presidente de la República en ejercicio de sus funciones serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al Consejo de Estado.
Igualmente, cuando, según la demanda de tutela, se atribuyan al Presidente de la República actuaciones u omisiones en ejercicio de sus funciones y la acción se dirija conjuntamente contra una o más autoridades públicas o particulares, las acciones serán repartidas para su conocimiento en primera instancia al Consejo de Estado.
Por último, las acciones de tutela dirigidas por acciones u omisiones de una o más autoridades públicas o particulares, relacionadas con las competencias señaladas en el artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, serán repartidas para su conocimiento en primera instancia, al Consejo de Estado.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.