Notijurídico 116 - MinComercio establece el procedimiento aplicable al reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario para las exportaciones

En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Comercio, publicó la Resolución No. 212 de 2025 “Por la cual se establece el procedimiento aplicable al reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario – CERT para las exportaciones de bienes y servicios”.

De esta manera, las solicitudes de reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario – CERT pueden ser presentadas por los intermediarios del mercado cambiario autorizados.

Así, la primera verificación de los aspectos formales de la solicitud se realizará mediante el aplicativo informático dispuesto por la Dirección de Comercio Exterior. Para el efecto, la radicación de la solicitud de reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario – CERT estará condicionada a que se diligencie toda la información y se aporten todos los documentos en las condiciones establecidas.

Igualmente, cuando la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones de la Dirección de Comercio Exterior constate que la solicitud de reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario – CERT fue radicada de manera incompleta, requerirá al solicitante para que la complemente, aclare o subsane en el término máximo de treinta (30) días, prorrogables por un término igual. Si dentro del término señalado no se atiende el requerimiento, se entenderá que el solicitante ha desistido de su solicitud y, en consecuencia, la Dirección de Comercio Exterior decretará el desistimiento y ordenará el archivo de la solicitud.

Por último, la Dirección de Comercio Exterior, con fundamento en la verificación realizada por la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones, estará a cargo de adoptar una decisión definitiva sobre la solicitud de reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario – CERT mediante la expedición del correspondiente acto administrativo motivado.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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