En días pasados, el Ministerio de Transporte, expidió la Resolución No. 36655 de 2026 “Por la cual se derogan y se dejan sin efectos la Circular Externa Conjunta relativa al procedimiento contravencional de control en vía apoyado en dispositivo electrónico”.
De esta manera, tiene por objeto derogar y dejar sin efectos, la Circular Externa Conjunta No. 20254000000867 del 24 de diciembre de 2025, expedida por la Dirección de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte, relativa al procedimiento contravencional de control en vía apoyado en dispositivo electrónico.
Así, opera hacia el futuro, sin perjuicio de las situaciones jurídicas consolidadas y de las actuaciones contravencionales o administrativas adelantadas durante la vigencia de dichos instrumentos, las cuales se regirán por las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que resulten aplicables.
Igualmente, desde la entrada en vigencia de la presente resolución, la Circular Externa Conjunta señalada en el artículo anterior no podrá ser invocada como fundamento jurídico autónomo para exigir requisitos, cargas, reportes, procedimientos o condiciones de validez del comparendo distintos de los previstos en la Constitución Política y la Ley.
Por último, la derogatoria no comporta el archivo, la nulidad, la convalidación o la terminación automática de actuaciones contravencionales o administrativas en curso. Cada autoridad de tránsito deberá determinar la norma aplicable y adoptar la decisión que corresponda con arreglo a la Constitución Política, la ley, los reglamentos vigentes, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la jurisprudencia vinculante, prescindiendo de la circular derogada como fuente jurídica autónoma.
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