Notijurídico 112 - MinTransporte establece lineamientos frente al acuerdo entre Colombia y Venezuela sobre el transporte internacional por carretera

En días pasados, el Ministerio de Transporte publicó la Circular Externa No. 0547 de 2025 sobre los lineamientos frente a la entrada en vigor del “acuerdo entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela sobre el transporte internacional de carga y pasajeros por carretera”.

De esta manera, de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo Entre La República De Colombia Y La República Bolivariana De Venezuela Sobre El Transporte Internacional De Carga Y Pasajeros Por Carretera” se establecen los siguientes requisitos para la realización del transporte internacional de carga entre la República de Colombia y la República de Venezuela:

Transporte internacional de carga:

  • Documento de idoneidad.
  • Permiso complementario de prestación de servicios.
  • Habilitación de vehículos y unidades de carga.

Transporte por cuenta propia:

  • Permiso especial de origen para transporte de carga propia.
  • Permiso especial complementario para transporte de carga propia.

Igualmente, con el fin de garantizar la actividad transportadora y comercial, se establecen disposiciones de carácter transitorio destinadas a regular situaciones específicas y garantizar la adecuada prestación y continuidad del servicio, se establecen las siguientes disposiciones transitorias:

  • Los transportistas que, antes del vencimiento de la autorización transitoria, opten por acogerse a lo dispuesto en el Acuerdo podrán hacerlo de manera voluntaria, siempre que acrediten el cumplimiento integral de los requisitos establecidos para la obtención del permiso correspondiente para la prestación del servicio de transporte internacional de carga.
  • A partir del 22 de agosto de 2025 las empresas que deseen obtener el permiso correspondiente para la prestación del servicio de transporte internacional de carga deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos dispuestos.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

Descargue el documento aquí

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