Notijurídico 070 - MinSalud modifica el plazo de entrada en operación y el reporte de afiliación y novedades del Sistema General de Riesgos Laborales

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó la Resolución No. 911 de 2025 “Por la cual se modifica el plazo de entrada en operación y el reporte de afiliación y novedades del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional - SAT, para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes”.

De esta manera, las Administradoras de Riesgos Laborales deberán verificar la información de los contratistas y de los trabajadores independientes afiliados voluntarios al Sistema General de Riesgos Laborales con afiliación activa, y reportar dicha información a través de la plataforma PISIS del Sistema Integral de Información de la Protección Social - SISPRO.

Así, el Ministerio realizará las validaciones de la información reportada para la identificación de inconsistencias previo al cargue definitivo de la información y reportará los resultados a las Administradoras de Riesgos Laborales, quienes deberán subsanar las inconsistencias para incorporar la información depurada. Dentro de las validaciones se incluyen los casos de trabajadores independientes que presenten afiliación a más de una Administradora de Riesgos Laborales, para que estas procedan a aplicar las reglas determinadas en la normativa vigente.

Igualmente, el Ministerio incorporará al Sistema de Afiliación Transaccional la información de afiliación y novedades, vigente al 31 de julio de 2025, en el Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes, de acuerdo con el reporte efectuado por las Administradoras de Riesgos Laborales en la plataforma PISIS.

Por último, a partir del 1 de agosto de 2025 las Administradora de Riesgos Laborales, una vez realizada la incorporación de la información, deberán reportar al SAT a través de los servicios web habilitados, la información, incluyendo aquella que presentó inconsistencias al momento del cargue definitivo, así como de las novedades que se presenten y que no fueron reportadas.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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