Ir al contenido

Notijurídico 068 - MinComercio crea el Régimen de Transformación y Ensamble para Vehículos Eléctricos y el Instrumento para Nuevos Proyectos Industriales de Movilidad Híbrida Enchufable, y Eléctrica

En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó el Decreto No. 595 de 2026 “Por medio del cual se crea el Régimen de Transformación y Ensamble para Vehículos Eléctricos (RTE-E), y se crea el Instrumento para Nuevos Proyectos Industriales de Movilidad Híbrida Enchufable, y Eléctrica (INPIMHEL)”.

De esta manera, tiene por objeto establecer disposiciones arancelarias, aduaneras, técnicas e industriales aplicables a la importación, transformación, producción y ensamble de vehículos Híbridos Eléctricos Enchufables- PHEV de Vehículos Híbridos de Autonomía Extendida-E-REV, de Vehículos Eléctricos de Batería-BEV, y Vehículos Híbridos Completos (FHEV), con el fin de promover el desarrollo de la industria nacional de movilidad eléctrica.

Así, se crea el Régimen de Transformación y Ensamble, para vehículos Híbridos Eléctricos Enchufables- PHEV, de Vehículos Híbridos de Autonomía Extendida-EREV, de Vehículos Eléctricos de Batería-BEV, y Vehículos Híbridos Completos (FHEV) y se crea la partida 98.03 del arancel de aduanas, así como el desdoblamiento de la partida arancelaria, y se establecen las condiciones para la importación de materiales bajo las modalidades CKD y SKD, y se crea el Instrumento para Nuevos Proyectos Industriales de Movilidad Híbrida Enchufable y Eléctrica (INPIMHEL), entendiendo como nuevas capacidades productivas dentro de plantas de ensamble o producción ya existentes en el territorio nacional orientados a facilitar la instalación y puesta en marcha de proyectos industriales de ensamble y fabricación de vehículos eléctricos en el territorio nacional.

Igualmente, créase el instrumento para nuevos proyectos industriales de Movilidad Híbrida Enchufable y Eléctrica (INPIMHEL), mediante el cual se adoptan disposiciones aduaneras, arancelarias, técnicas, operativas y de control orientadas a facilitar la instalación, configuración industrial, calibración, validación técnica y puesta en marcha de plantas de manufactura avanzada destinadas a la fabricación o ensamble de Vehículos Híbridos Eléctricos Enchufables- PHEV, de Vehículos Híbridos de Autonomía Extendida-E-REV, de Vehículos Eléctricos de Batería BEV, y Vehículos Híbridos Completos (FHEV).

Por último, para la adecuada administración y funcionamiento de los beneficios y programas establecidos en el presente Decreto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo podrá coordinar, articular y solicitar apoyo técnico u operativo de las demás entidades públicas de acuerdo con sus facultades legales vigentes.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

Descargue el documento aquí

Iniciar sesión para dejar un comentario
Notijurídico 068 - MinVivienda reglamenta lineamientos para que los edificios de uso residencial y comercial cuenten con una acometida para carga de vehículos eléctricos
>