Notijurídico 066 - MinSalud modifica las condiciones de autorización especial para las EPS del régimen contributivo con afiliados en el régimen subsidiado

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó el Decreto No. 527 de 2025 “Por el cual se modifican las condiciones de autorización especial para las EPS del régimen contributivo con afiliados en el régimen subsidiado”.

De esta manera, la Superintendencia Nacional de Salud actualizará de manera inmediata el certificado de autorización de funcionamiento de las EPS del régimen contributivo para operar en el régimen subsidiado, a las EPS que a la expedición del presente decreto se encuentren autorizadas en el régimen contributivo y cuenten con afiliados del régimen subsidiado, incluidas aquellas que tengan medida de vigilancia especial o de intervención forzosa administrativa para administrar. El certificado de autorización de funcionamiento se expedirá en el ámbito territorial donde la EPS tiene población del régimen subsidiado.

Así, las Entidades Promotoras de Salud que soliciten retiro especial del régimen subsidiado, deberán presentar como mínimo los siguientes requisitos a la Superintendencia Nacional de Salud:

  1. La relación por departamento y municipio del número total de afiliados del régimen a revocar, de acuerdo con la estructura que establezca la Superintendencia Nacional de Salud.
  2. Documento donde se explique la motivación y causas de la no continuidad en el régimen subsidiado.
  3. Plan de pagos de las obligaciones generadas por la prestación de servicios de salud del régimen subsidiado, indicando la fuente de los recursos y los plazos según los acuerdos de pagos establecidos con los prestadores de servicios de salud.
  4. Copia de los acuerdos de pago suscritos con la red de prestadores de los servicios de salud del régimen subsidiado, los cuales deben estar alineados con el plan de pagos.
  5. Soportes de haber informado su intención de retiro especial a las entidades territoriales respectivas y a sus afiliados, aclarando que el retiro está sujeto a la decisión de la Superintendencia Nacional de Salud.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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