En días pasados, el Ministerio del Interior, publicó el Decreto No. 612 de 2026 “Por el cual se dictan medidas para la conservación del orden público con ocasión de las elecciones de Presidencia y Vicepresidencia de la República (segunda vuelta), que se realizarán el día 21 de junio de 2026”
De esta manera, tiene por objeto dictar normas en materia de orden público, publicidad electoral, equilibrio informativo y apoyo a sufragantes con limitaciones físicas, para garantizar el normal desarrollo de las elecciones de Presidencia y Vicepresidencia de la República (segunda vuelta), que se llevarán a cabo el 21 de junio de 2026.
Así, los programas, mensajes, entrevistas o ruedas de prensa que se transmitan con candidatos y dirigentes políticos, y dirigentes políticos así como la propaganda electoral, deberán realizarse dentro de los parámetros del respeto a la honra, el buen nombre y a la intimidad de los aspirantes y de las personas en general de manera que, en ningún momento, perturben el desarrollo normal del debate electoral, ni obstaculicen la acción de las autoridades electorales o constituyan factor alteración del orden público.
Igualmente, durante el día de elecciones se prohíbe toda clase de propaganda político-electoral, así como manifestaciones, comunicados y entrevistas que constituyan promoción o apoyo a candidaturas, partidos o movimientos políticos, a través de radio, prensa y televisión, y la propaganda móvil, estática o sonora.
Por último, los alcaldes deberán prohibir y restringir la venta y consumo de bebidas embriagantes, con el fin de mantener o restablecer el orden público, desde las seis de la tarde (6:00 p.m.) del día sábado 20 de junio de 2026 hasta las doce (12:00 pm.) del día lunes 22 de junio de 2026. Las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán objeto de medidas correctivas por los alcaldes e inspectores de policía y comandantes de estación.
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