En días pasados, el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, publicó la Resolución No. 11120 de 2026 “Por medio de la cual se establecen los requisitos fitosanitarios para la importación a Colombia de Grano de Maní (Arachis hypogaea L.) de origen y procedencia Paraguay, para consumo humano, uso industrial y/o comercial”.
De esta manera, tiene por objeto establecer los requisitos fitosanitarios para la importación a Colombia de Grano de Maní (Arachis hypogaea) de origen y procedencia Paraguay, para consumo humano, uso industrial y/o comercial.
Así, serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas que importen a Colombia Grano de Maní (Arachis hypogaea) de origen y procedencia Paraguay, para consumo humano, uso industrial y/o comercial.
Igualmente, para la importación a Colombia de Grano de Maní (Arachis hypogaea) de origen y procedencia Paraguay, para consumo humano, uso industrial y/o comercial, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Certificado fitosanitario del país de origen.
- Utilizar empaques o envases nuevos debidamente identificados con el nombre botánico del producto.
- Inspección Fitosanitaria en el lugar de entrada.
- Tratamiento en caso de ser necesario.
Por último, los funcionarios del Instituto Colombiano Agropecuario, en el ejercicio de las actividades de inspección, vigilancia y control que se realicen en virtud de la presente resolución, tendrán el carácter de inspectores de Policía Sanitaria y gozarán del apoyo y protección de las autoridades civiles y militares para el cumplimiento de sus funciones.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.