En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se reglamenta el marco regulatorio que permite el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis y sus derivados”.
De esta manera, tiene por objeto reglamentar el artículo 15 del Decreto 1138 de 2025 y establece el marco integral de apoyo, fomento, comercialización y trazabilidad comercial del cannabis y sus derivados como producto terminado con fines médicos, mediante instrumentos orientados al fortalecimiento de la cadena productiva, el acceso a mercados y el desarrollo empresarial.
Así, las normas de la presente resolución aplican a:
- Los titulares de licencias de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo en calidad de pequeño o mediano cultivador, productor y comercializador nacional de cannabis.
- Los titulares de licencias de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo en calidad de microempresa nacional.
Igualmente, las medidas de apoyo y fomento previstas deberán implementarse de manera articulada con la política de reindustrialización definida por el Gobierno Nacional, de forma tal que contribuyan al fortalecimiento del tejido empresarial, la ampliación de capacidades productivas y la generación de valor agregado en la cadena del cannabis con fines médicos.
Por último, el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, en coordinación con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Justicia y del Derecho y demás instituciones competentes, desarrollará acciones permanentes de formación y fortalecimiento institucional orientadas a consolidar las capacidades técnicas, productivas y empresariales del cannabis como producto terminado con fines médicos.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 24 de marzo de 2026.