En días pasados, el Ministerio de Transporte, publicó el Decreto No. 222 de 2026 “Por el cual se dictan medidas extraordinarias para el sector transporte en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 150 de 2026”.
De esta manera, tiene por objeto autorizar al Instituto Nacional de Vías para invertir, comprometer, ejecutar y ordenar el gasto de los recursos extraordinarios que le sean asignados en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 150 de 2026, con el fin exclusivo de atender, mitigar, rehabilitar y recuperar la infraestructura vial afectada por el fenómeno hidrometeorológico que dio lugar a dicha declaratoria.
Igualmente, autorizar al Instituto Nacional de Vías para que, en el marco de la situación de emergencia declarada y exclusivamente para la ejecución de actividades directamente relacionadas con la respuesta, rehabilitación y recuperación de la infraestructura vial afectada, pueda adicionar los contratos de obra, mantenimiento e interventoría actualmente en ejecución en la zona impactada, sin límite de valor. Para este propósito, la entidad estatal deberá justificar previamente la necesidad y la forma como dicho servicio contribuirá a gestionar o mitigar la situación de emergencia.
Por último, las adiciones que se autoricen deberán estar estrictamente dirigidas a conjurar la emergencia y restablecer la transitabilidad, durante la duración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 150 de 2026.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.