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Notijurídico 007 - La ADRES establece el procedimiento de verificación y pago de recobros de tecnologías en salud no financiados con la UPC

En días pasados, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, publicó la Resolución No. 0185869 de 2025 “Por la cual se establecen los criterios y condiciones operativas para el desarrollo del procedimiento de verificación, control y pago de recobros/cobros por concepto de tecnologías en salud no financiados con recursos de la UPC, ni con cargo a los Presupuestos Máximos; así como de los medicamentos excluidos explícitamente por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

De esta manera, tiene por objeto establecer los criterios y condiciones operativas para el desarrollo del procedimiento de verificación, control y pago de solicitudes de recobro/cobro por concepto de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC, ni cubiertas con los Presupuestos Máximos de los regímenes contributivo y subsidiado, suministradas efectivamente.

Así, aplican a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Entidades Adaptadas (EA) en su calidad de entidades recobrantes, que garantizaron el suministro efectivo de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC, ni cubiertas con los Presupuestos Máximos, así como las expresamente excluidas.

Igualmente, para el reconocimiento y pago de los principios activos que se encuentren en el listado de vitales no disponibles prescritos como urgencia clínica, cuya autorización de importación hubiere sido otorgada por el INVIMA, que no tengan definido un valor de referencia en el documento técnico de cálculo de presupuesto máximo o un valor regulado establecido por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos, la ADRES verificará el cumplimiento de los módulos contenidos en la herramienta MIPRES.

Por último, los procedimientos nuevos podrán ser reconocidos y pagados por la ADRES a través del mecanismo de recobro/cobro durante la vigencia siguiente a la actualización de la resolución que contenga la Clasificación Única de Procedimientos en Salud –CUPS. Para la vigencia siguiente a su actualización estos procedimientos se considerarán cubiertos con el presupuesto máximo.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

Descargue el documento aquí

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