Notijurídico 171 - DICEX modificará la distribución y administración del contingente de exportación de azúcar y panela entre Colombia y Estados Unidos para el 2024

En días pasados, la Dirección de Comercio Exterior, publicó para comentarios el Proyecto de Circular sobre la Distribución y administración del contingente de exportación de azúcar, panela y productos con contenido de azúcar dentro del acuerdo para la promoción comercial Colombia - Estados Unidos 2024.

De esta manera, para su conocimiento y aplicación se informan los criterios para la administración y distribución de las 59.000 toneladas métricas del contingente de exportación de azúcar, panela y productos con contenido de azúcar previsto en el Acuerdo para la Promoción Comercial suscrito entre Colombia y Estados Unidos, por parte de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones, que deberá utilizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Así, el 90% del cupo se asignará a usuarios históricos que cumplan con las siguientes condiciones:

- Que hayan realizado exportaciones por las subpartidas arancelarias del grupo de azúcar (1701.12.00.00, 1701.14.00.00, 1701.91.00.00, 1701.99.90.00) en alguno de los siguientes de los últimos dos (2) años (2022-2023). Para el año 2023 se tendrá en cuenta el periodo enero – noviembre de 2023 o la fecha del último corte de los datos estadísticos que disponga la entidad.

- Que tengan producción de azúcar en el año 2023. Para ello, el usuario deberá presentar el certificado expedido por el Fondo de Estabilización de Precios del Azúcar, donde se certifique la calidad de productor y la cantidad de toneladas de azúcar producidas en el año 2023.

Por último, el cupo será asignado en cantidades comercialmente viables no inferiores a 20 toneladas. Cuando la ponderación arroje como resultado un volumen inferior de asignación para la empresa, se realizará la adición necesaria hasta alcanzar la cantidad mínima antes referida. En el evento en que el contingente a asignar no cuente con la cantidad de toneladas suficientes con respecto al número de solicitudes, se asignará un cupo menor a 20 toneladas.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 7 de diciembre de 2023.

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