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Notijurídico 154 - MinMinas modificará lo relativo a la autogeneración y producción marginal de energía eléctrica

En días pasados, el Ministerio de Minas y Energía, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se adiciona al Decreto 1403 de 2024 en materia de autogeneración y producción marginal”.

De esta manera, no se requerirá autorización de ningún tipo para la conexión al Sistema Interconectado Nacional o Redes en las Zonas No Interconectadas, ni tendrá distinción de gran o pequeña escala, ni límites de capacidad para cuando el autogenerador o el productor marginal no entregue energía a través de la red.

Así, los autogeneradores y productores marginales deberán asegurar el cumplimiento de los estándares técnicos y la normatividad vigente en materia de autogeneración con el fin de preservar la seguridad para las personas. Adicionalmente deberán informar al operador de red y/o transmisor, mediante comunicación formal, la conexión de cualquier instalación de generación, incluso aquellas destinadas exclusivamente al autoconsumo, así como cualquier modificación en la configuración eléctrica de la red para su conexión.

Igualmente, la comunicación formal a la que se refiere el presente artículo deberá contener la información técnica completa de las instalaciones de generación que se conecten a la red eléctrica, con el propósito de garantizar la seguridad y confiabilidad operativa del sistema, además de permitir una adecuada gestión de los flujos de carga, la estabilidad, el dimensionamiento, la compatibilidad y el correcto funcionamiento de la red. Esta información permitirá prevenir fallas operativas y asegurar el cumplimiento de los estándares técnicos de seguridad para las personas.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 3 de diciembre de 2025.

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Informe Diario 28 de noviembre de 2025
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