En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica parcialmente el acceso seguro e informado al uso del cannabis y de la planta de cannabis”.
De esta manera, el Ministerio de Salud y Protección Social, en articulación con el Ministerio de Comercio, industria y Turismo, expedirá en un término no mayor a cinco (5) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente artículo, la reglamentación de apoyo y fomento para la comercialización de cannabis como producto terminado con fines médicos en favor de los titulares de licencias de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo en calidad de pequeño o mediano cultivador, productor y comercializador nacional de cannabis y sus esquemas asociativos, así como en calidad de microempresa nacional.
Así, por un periodo de dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la reglamentación técnica, los titulares de licencias de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo en calidad de pequeño o mediano cultivador, productor y comercializador nacional de cannabis y sus esquemas asociativos, así como en calidad de microempresa nacional, serán los únicos productores autorizados para cultivar cannabis como materia prima con el fin de ser usada como producto terminado para el mercado medicinal nacional.
Igualmente, durante el periodo de transición de dos (2) años descrito, los licenciatarios podrán utilizar sus inventarios actuales de cannabis para el mercado nacional de flor como producto terminado con fines medicinales.
Por último, los licenciatarios de cultivo podrán para su entrega a nivel nacional con fines médicos, utilizar el cannabis existente en inventario a la fecha de entrada en vigencia del presente acto administrativo modificatorio, el cual se haya obtenido bajo las modalidades de exportación y fabricación de derivados siempre que respecto de esta última se realice previamente el cambio de modalidad y se realicen los respectivos reportes en el Registro General de Actividades.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 18 de noviembre de 2025.