En días pasados, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se adicionan disposiciones al Decreto Único Reglamentario en lo relacionado con acciones urbanísticas, participación democrática en la formulación de los planes de ordenamiento territorial, medición de indicadores del espacio público, inventario general de espacio público y aprovechamiento económico de los bienes de uso público”.
De esta manera, tienen por objeto establecer los lineamientos para la reglamentación en la formulación de las acciones urbanísticas, en especial en lo relacionado con aquellos estudios en los cuales deben sustentarse estas acciones, en los casos que aplique.
Así, aplican en el marco de la función pública del ordenamiento del territorio y la intervención en los usos del suelo asignada a las entidades territoriales del orden distrital y municipal, así como de aquellos interesados en la formulación de instrumentos que desarrollen o complementen las disposiciones del plan de ordenamiento territorial.
Igualmente, la formulación de acciones urbanísticas, en los casos que aplique, debe de estar orientada a garantizar el conocimiento pleno del territorio y su viabilidad financiera, y le corresponde estar propuesta con soporte en la infraestructura necesaria para promover el desarrollo de ciudades ordenadas y planificadas. Para tales fines, las acciones urbanísticas deben estar soportadas en los siguientes estudios:
- Estudios jurídicos.
- Estudios ambientales.
- Estudios de servicios públicos.
- Estudios financieros.
- Estudios sociales y culturales.
- Los demás requeridos de acuerdo con la acción urbanística a desarrollar.
Por último, las acciones urbanísticas son adoptadas por las entidades territoriales, en desarrollo de la función pública del ordenamiento del territorio municipal o distrital, y las cuales deben estar contenidas o autorizadas en actos administrativos de carácter general, como los Planes de Ordenamiento Territorial, Esquemas De Ordenamiento Territorial o Planes Básicos De Ordenamiento Territorial, o en los instrumentos que los desarrollen o complementen.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 12 de noviembre de 2025.