En días pasados, el Ministerio del Trabajo, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se reglamenta el reconocimiento y certificación de la experiencia laboral de las personas privadas de la libertad”.
De esta manera, tiene por objeto reglamentar el reconocimiento como experiencia laboral de las actividades de trabajo, producción u ocupacionales desarrolladas por las personas privadas de la libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 2466 de 2025. Se establecen las definiciones aplicables, las autoridades competentes y el procedimiento para la certificación de dicha experiencia, los mecanismos de interoperabilidad y protección de datos en el manejo de la información correspondiente, los efectos jurídicos de la certificación en el ámbito laboral, así como las medidas de coordinación interinstitucional y disposiciones transitorias para la adecuada implementación de esta reglamentación.
Así, el Ministerio del Trabajo ejercerá la función de orientar, coordinar y hacer seguimiento a la implementación de la presente reglamentación en materia de política pública de empleo y reintegración laboral. En ejercicio de sus atribuciones de inspección, vigilancia y control, el Ministerio del Trabajo velará porque los derechos derivados del reconocimiento de la experiencia laboral penitenciaria sean respetados en los procesos de selección laboral y en los entes públicos y privados obligados a acatar esta normativa. Igualmente, le corresponde expedir, en coordinación con el Ministerio de Justicia y del Derecho, los lineamientos técnicos para estandarizar el contenido, formato y proceso de expedición de las certificaciones de experiencia laboral, así como para lograr la interoperabilidad de sistemas de información.
Igualmente, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC, en su calidad de autoridad penitenciaria nacional, será el encargado directo de expedir las certificaciones individuales de experiencia laboral a favor de las personas privadas de la libertad que las hayan adquirido mediante actividades productivas u ocupacionales. Para ello, el INPEC a través de los directores de los establecimientos de reclusión o de quien se delegue.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 5 de noviembre de 2025.