Notijurídico 141 - MinSalud modificará reglamento técnico que define los contenidos máximos de sodio de los alimentos procesados

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se modifican artículos y anexos técnicos número de la Resolución 2013 de 2020: “Por la cual se expide el reglamento técnico que define los contenidos máximos de sodio de los alimentos procesados priorizados en el marco de la Estrategia Nacional de Reducción del Consumo de Sodio y se dictan otras disposiciones”.

De esta manera,  las disposiciones contenidas en el reglamento técnico que se establece mediante la presente resolución aplican a los alimentos procesados priorizados destinados al consumo humano que se procesen, importen y/o comercialicen en el territorio nacional, y que se relacionan en el Anexo Técnico No. 2.

Así, aplica a todos los fabricantes, procesadores, distribuidores, comercializadores e importadores de alimentos procesados priorizados destinados al consumo humano en el territorio nacional, a las entidades territoriales del orden departamental, distrital y al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA.

Igualmente, para efectos de evaluación de la conformidad, el contenido de sodio será establecido como declaración de primera parte manifestada por el productor, comercializador, o importador, o quién corresponda. Esta declaración presume que el declarante, ha efectuado por su cuenta, las verificaciones, inspecciones y los ensayos requeridos, y por tanto proporciona bajo su responsabilidad que los alimentos procesados priorizados cumplen con lo establecido en el presente acto administrativo.

Por último, las disposiciones establecidas en este reglamento técnico, entrarán en vigencia a los seis (6) meses siguientes de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, periodo en el cual los productores, importadores y comercializadores de los alimentos envasados y bebidas para consumo humano y los demás sectores obligados al cumplimiento de lo aquí dispuesto, deben adaptar sus procesos y/o productos a las condiciones aquí establecidas.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 20 de octubre de 2023.

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