Notijurídico 137 - MinSalud modificará los requisitos sanitarios que deben cumplir las plantas especiales de beneficio de aves de corral

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se modifica la Resolución que establece los requisitos sanitarios que deben cumplir las plantas especiales de beneficio de aves de corral”.

De esta manera,  se tendrá en cuenta la siguiente definición:

Plantas Especiales: Plantas de beneficio animal de aves de corral con capacidad máxima de sacrificio de 3.000 aves por día y cuya carne y productos cárnicos comestibles son destinados para consumo departamental y/o en departamentos limítrofes, pero en ningún caso destinados a la exportación.

Así, las plantas especiales de aves podrán ampliar el volumen de sacrificio hasta el doble de lo establecido, para lo cual deben presentar solicitud al INVIMA para su autorización, de acuerdo con los lineamientos que para el efecto establezca dicho instituto, en relación con la garantía de mantenimiento de la cadena de frío de la canal y vísceras comestibles. En todo caso, se deberá dar cumplimiento de la legislación ambiental aplicable en la materia.

Igualmente, el tiempo de permanencia de las canales en los tanques de pre enfriamiento y enfriamiento será el necesario para reducir la temperatura del canal, asegurando la inocuidad del producto. Las plantas podrán implementar en su proceso, sistemas alternativos de refrigeración de manera que se obtenga una rápida disminución de la temperatura y se garantice la inocuidad del producto. El despacho de las canales y productos cárnicos comestibles debe ser máximo de 4oC., medida en el centro del producto.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 29 de septiembre de 2023.

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