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Notijurídico 135 - MinSalud fomentará la formalización laboral para afiliados al SISBÉN

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se fomenta la formalización laboral”.

De esta manera, tiene por objeto definir las condiciones de permanencia en el régimen subsidiado, hasta por el término máximo de seis (06) meses continuos, de las personas que se vinculen laboralmente y se encuentren clasificadas en los grupos A, B y C de la encuesta “Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales – SISBÉN” en su última metodología, administrada por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) o la que haga sus veces, siempre y cuando pertenezcan a la población en pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad; el recaudo de las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud y el reconocimiento y pago de prestaciones económicas.

Así, se aplican a las personas que se encuentren clasificadas en los grupos A, B y C de la encuesta del SISBÉN en su última metodología, siempre y cuando pertenezcan a la población en pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad, que inicien una relación laboral y decidan permanecer afiliados en el régimen subsidiado, a los empleadores, a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES, a las EPS o quien haga sus veces y a los Operadores de Información de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA.

Igualmente, las personas que se vinculen laboralmente y que estén clasificados en los grupos A, B y C de la encuesta SISBÉN en su última metodología, siempre y cuando pertenezcan a la población en pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad, podrán continuar en el régimen subsidiado siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  1. Que los afiliados estén clasificados en los grupos A, B y C de la encuesta SISBÉN en su última metodología, según lo indicado por el DNP.
  2. Que el afiliado manifieste su voluntad a su empleador de permanecer en el régimen subsidiado.
  3. Que se trate de una única vinculación laboral durante el término de permanencia en el régimen subsidiado.

Por último, en caso de presentarse un cambio de empleador o multiplicidad de empleadores dentro de los seis (6) meses siguientes al inicio de la primera y única vinculación laboral del afiliado, no será posible mantener la permanencia en el régimen subsidiado y la EPS deberá efectuar la novedad correspondiente al régimen contributivo en salud.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 24 de octubre de 2025.

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