Notijurídico 135 - El Congreso de la República busca modificar el Código Sustantivo del Trabajo para atender las prioridades actuales del mercado laboral

En días pasados, en el Congreso de la República se radicó el Proyecto de Ley “Por medio de la cual se modifica parcialmente el Código Sustantivo del Trabajo para atender las prioridades actuales del mercado laboral: generación de empleo, reducción de la informalidad laboral y más inclusión. Como también se mejoran los beneficios sociales en equilibrio con la sostenibilidad empresarial y se actualiza y moderniza la ley laboral.” – Por un derecho laboral más incluyente.

De esta manera, tiene por objeto reformar el Código Sustantivo del Trabajo con el fin de que este sea más incluyente, buscando atender las necesidades y prioridades que tiene el país en materia laboral, generación de empleo y reducción de la informalidad laboral.

Así, las leyes del Trabajo deben regular la relación laboral subordinada con sus propias reglas autónomas e independientes. Pero, también deben regular de manera independiente la afiliación a la seguridad social y la consagración de derechos mínimos para las atípicas o nuevas formas de trabajo que no se enmarcan en un contrato de trabajo y sus tres elementos esenciales, ampliando su ámbito de aplicación para general la mayor formalidad laboral en las diferentes formas de trabajo.

Igualmente, las leyes de Trabajo no pueden dejar por fuera al desempleado, quien debe ser objeto de la ley laboral, disponiendo preceptos que: (i) promuevan la generación de empleo formal, y (ii) generen una la mínima protección para los trabajadores cesantes (auxilio o seguro de desempleo, servicios al empleo, capacitación permanente para el trabajo, seguridad social, entre otros).

Por último, en todas las actuaciones para imponer sanciones disciplinarias se deberán aplicar las garantías del debido proceso, esto es, como mínimo los siguientes principios: dignidad del trabajador, presunción de inocencia, proporcionalidad, derecho a la defensa, contradicción y controversia de las pruebas, lealtad y buena fe, imparcialidad, respeto al buen nombre y a la honra, y non bis in ídem.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 26 de septiembre de 2023.

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