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Notijurídico 128 - MinSalud definirá los requisitos y condiciones que deben cumplir las ARL, en materia de promoción y prevención de la atención primaria en salud

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se definen los requisitos y condiciones que deben cumplir las entidades Administradoras de Riesgos Laborales – ARL, en materia de promoción y prevención de la atención primaria en salud, en el marco del Modelo Preventivo, Predictivo y Resolutivo en Salud”.

De esta manera, tiene por objeto definir los requisitos y condiciones, que deben cumplir las entidades Administradoras de Riesgos Laborales – ARL en materia de promoción y prevención de la atención primaria en salud, en el marco del modelo preventivo predictivo y resolutivo en salud.

Así, la Atención Primaria en Salud, se define como la estrategia de coordinación intersectorial que permite la atención integral e integrada, desde la salud pública, la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación del paciente en todos los niveles de complejidad a fin de garantizar un mayor nivel de bienestar en los usuarios.

Igualmente, para efectos de incorporar la Atención Primaria en Salud en el ámbito laboral se debe entender como el conjunto articulado de políticas, planes, programas, proyectos, estrategias e intervenciones sectoriales y transectoriales orientadas a garantizar el bienestar y la protección de la salud de los trabajadores. Comprende la promoción de modos, condiciones y estilos de vida saludables en el entorno laboral, el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de las personas en todas las ocupaciones y el fortalecimiento de las acciones dirigidas a intervenir positivamente los determinantes sociales de la salud asociados con la actividad laboral.

Por último, la salud de los trabajadores involucra tanto al Sistema General de Seguridad Social en Salud como al Sistema General de Riesgos Laborales, razón por la cual se deberán incorporar, en el marco de sus respectivas competencias, las acciones orientadas a la promoción de la salud y a la prevención de los eventos de origen laboral.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 7 de octubre de 2025.

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Informe Diario 1 de octubre de 2025
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