En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó para comentarios el proyecto de Decreto “Por el cual se modifican las tarifas de derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil”.
De esta manera, la matrícula de los comerciantes y su renovación en el registro público mercantil, serán liquidadas en unidades de valor básico-UVB y en función de los activos totales de los comerciantes, conforme a la tabla adjunta en el proyecto.
Así, los derechos por registro de matrícula o renovación de establecimientos de comercio, sucursales y agencias se liquidarán en unidades de valor básico -UVB, aplicando tarifas diferenciales, que tomarán como base la cantidad de activos totales del establecimiento de comercio, sucursal o agencia, conforme la tabla que se relaciona.
Igualmente, los formularios necesarios para adelantar los trámites de matrícula, renovación, mutación y demás actuaciones ante los registros públicos a cargo de las Cámaras de Comercio se diligenciarán exclusivamente en formato virtual, a través del formulario del Registro Único Empresarial y Social – RUES, y no tendrán costo alguno para el usuario. En consecuencia, las Cámaras de Comercio no emplearán formularios en esquema gráfico o físico.
Por último, la matrícula y la renovación de la matrícula mercantil de los comerciantes, establecimientos de comercio, sucursales y agencias se adelantarán mediante los mecanismos virtuales que dispongan las Cámaras de Comercio, los cuales deberán permitir al usuario diligenciar el formulario RUES virtual, radicar la solicitud, pagar los derechos correspondientes y obtener la constancia del trámite en línea.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 27 de octubre de 2026.