En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para las importaciones de insumos y materias primas del sector confecciones y calzado”.
De esta manera, tiene por objeto modificar parcialmente el artículo 1° del Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021 en el sentido de establecer un gravamen arancelario de cero por ciento (0%) a las importaciones de los productos clasificados con las siguientes subpartidas:
- 5205120000: Hilados de algodón (excepto el hilo de coser).
- 5205220000: Hilados de algodón (excepto el hilo de coser).
- 54023300000: Hilados de filamentos sintéticos.
- 5509210000: Hilados de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas (excepto el hilo de coser).
Así, las disposiciones del presente decreto se aplicarán sólo a las importaciones provenientes de países con los que Colombia no tiene acuerdos comerciales vigentes.
Igualmente, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo, informará los resultados de dicho procedimiento, al Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, quien a su vez podrá recomendar al Gobierno Nacional los ajustes que resulten necesarios en materia arancelaria, incluyendo la modificación, prórroga o terminación de la medida aquí adoptada.
Por último, la medida que se establece por medio del presente decreto estará vigente por un (1) año contado desde su entrada en vigencia.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 22 de septiembre de 2025.