Notijurídico 118 - Concejo de Bogotá busca conceder exención de impuesto de industria, comercio, avisos y tableros a las personas jurídicas sin ánimo de lucro

En días pasados, se radicó para primer debate en el Concejo de Bogotá el Proyecto de Acuerdo No. 550 de 2023 “Por el cual se concede exención de impuesto de industria, comercio, avisos y tableros a las entidades del sector solidario, cajas de compensación familiar y personas jurídicas sin ánimo de lucro, por el término de diez (10) años, cuando celebren convenios de administración de parques distritales y pacten inversiones en los mismos durante este periodo”.

De esta manera, tiene como objeto establecer la exención de Impuesto de Industria, Comercio, Avisos y Tableros a las Entidades del Sector Solidario, Cajas de Compensación Familiar y Personas Jurídicas sin ánimo de Lucro legalmente constituidas, por el término de diez (10) años a partir de la vigencia del presente acuerdo, cuando celebren convenios de administración de parques distritales y pacten Inversiones en los mismos durante el mismo periodo; con el fin garantizar y coadyuvar en la sostenibilidad del Sistema de Parques Distritales, a través de la disposición de recursos y la vinculación del sector privado en la administración y mantenimiento de los parques distritales.

Así, las Empresas del Sector Solidario, Cajas de Compensación Familiar y Personas Jurídicas sin ánimo de Lucro legalmente constituidas, contribuyentes del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, en el Distrito Capital, que suscriban contratos con el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte de Bogotá D.C. (IDRD) o la entidad oficial del Distrito Capital que haga sus veces, con el objeto de administrar, mantener e invertir en obras necesarias para el mejoramiento de los parques vinculados al Sistema de Parques Distritales, tendrán derecho a exención por el equivalente del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, causado en los seis (6) bimestres del año fiscal inmediatamente anterior y hasta el cien por ciento (100%) del impuesto causado en los seis (6) bimestres del año en el cual se hace uso de la exención; siempre y cuando destinen para el cumplimiento del mencionado objeto, el equivalente a por lo menos el 80% de dicha exención.

Por último, la cuantía máxima de exención destinada anualmente para la sostenibilidad del Sistema de Parques Distritales, será de quince mil millones de pesos ($15.000.000.000) (valor año base 2023), y se reajustará de acuerdo a la metodología legal vigente.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 24 de agosto de 2023.

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