Notijurídico 113 - MinAgricultura reglamentará la extinción del derecho del dominio de los predios rurales, en cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026

En días pasados, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por medio del cual se modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en cumplimiento del artículo 61 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida”.

De esta manera, se reglamenta lo atinente al procedimiento de extinción del derecho del dominio de los predios rurales, en favor de la Nación, establecido en la Ley 160 de 1994, y demás normas concordantes, en los casos en los que se demuestre el incumplimiento de la función social y/o ecológica de la propiedad de conformidad con lo establecido en las leyes que regulan la materia.

Así, la declaración de extinción del derecho de dominio será improcedente, éstas obedezcan a hechos constitutivos de fuerza mayor y caso fortuito, de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la materia. El término para declarar la extinción del derecho de dominio se entenderá suspendido a partir de la ocurrencia de los hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito y mientras tal situación subsista, pero su ocurrencia no libera al propietario de la obligación de demostrar una explotación económica regular y estable antes y después de la época en que sobrevinieron tales hechos.

Igualmente, la existencia de porciones incultas, en predios rurales con vocación agropecuaria, que se pretendan acreditar como necesarias para la explotación económica, deberán demostrarse en el procedimiento administrativo, conforme a los criterios de aptitud y uso del suelo, la carga de prueba de esta condición estará en cabeza del propietario.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 15 de agosto de 2023.

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