Notijurídico 107 - Alcaldía Mayor de Bogotá reglamentará la transferencia de derechos de construcción y desarrollo para la gestión del suelo

En días pasados, la Alcaldía Mayor de Bogotá, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por medio del cual se reglamenta la transferencia de derechos de construcción y desarrollo para la gestión del suelo de la estructura ecológica principal”.

De esta manera, tiene como objeto reglamentar el procedimiento para la implementación de la transferencia de derechos de construcción y desarrollo como mecanismo alternativo para la adquisición de predios en determinadas zonas de la estructura ecológica principal, la promoción de programas para la restauración ecológica y la consecución de recursos mediante subastas para la gestión del suelo en la estructura ecológica distrital.

Así, el reparto equitativo de cargas y beneficios vinculará zonas receptoras con zonas generadoras y con base en la estimación de la demanda por metros cuadrados de construcción para usos residenciales en las zonas receptoras se establecen índices de construcción diferenciados en las zonas generadoras.

Igualmente, los parámetros que se tendrán en cuenta para la asignación de los índices de construcción serán los siguientes:

  1. Localización, características físicas y extensión de los componentes de las zonas generadoras.

  2. Valores catastrales de los predios de las zonas generadoras, como referencia para determinar las diferencias de precios entre ellos.

  3. Estado de conservación.

Por último, por zonas generadoras se entienden aquellos componentes de la estructura ecológica principal que podrán ser destinados al uso público, donde se asignarán derechos de construcción y desarrollo como forma de pago de la enajenación voluntaria de los predios. Estos derechos podrán ser vendidos a los propietarios de los predios en suelo urbano interesados en obtener licencias urbanísticas para la construcción de usos residenciales en el área de actividad de grandes servicios metropolitanos.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 8 de agosto de 2023.

Identificarse dejar un comentario
Notijurídico 106 - Corte Constitucional declara exequible artículo de la ley de pago a plazos justos