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Notijurídico 102 - La Secretaría de Movilidad fijará condiciones para el reconocimiento del factor de excelencia operacional para los taxis que utilizan taxímetro

En días pasados, la Secretaría Distrital de Movilidad, publicó para comentarios el proyecto de Resolución “Por medio de la cual se fijan las condiciones y el procedimiento para el reconocimiento del factor de excelencia operacional para los vehículos que hacen uso del taxímetro como mecanismo de cobro en el nivel básico del servicio público de transporte automotor individual de pasajeros en Bogotá, D.C.”.


De esta manera, tiene por objeto establecer las condiciones y el procedimiento para el reconocimiento del factor de excelencia operacional para los vehículos que hacen uso del taxímetro como mecanismo de cobro en el nivel básico del servicio público de transporte automotor individual de pasajeros en Bogotá.


Así, las disposiciones contenidas en la presente Resolución aplican para las empresas, propietarios y conductores de vehículos que pretendan acceder optativamente al cobro del Factor de Excelencia Operacional, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para la prestación del servicio de transporte público terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi en el nivel básico en el Distrito Capital y que hacen uso del taxímetro como mecanismo de cobro.


Igualmente, los vehículos de Transporte Público Individual de Pasajeros que hacen uso del taxímetro como mecanismo de cobro en el nivel básico, que cumplan con los requisitos establecidos y deseen cobrar la tarifa con Factor de Excelencia Operacional deberán surtir un proceso de acreditación ante la Secretaría Distrital de Movilidad. Este procedimiento debe ser realizado a solicitud y por medio de la empresa de transporte público individual a la que se encuentra afiliado el vehículo.


Por último, adoptese el instructivo que describe el proceso de inscripción a los cursos de fortalecimiento de capacidades para conductores y conductoras del servicio público de transporte automotor individual de pasajeros tipo taxi, en el nivel básico, promovidos por la Subdirección de Transporte Público de la Secretaría Distrital de Movilidad, como anexo de la presente resolución.


De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 14 de septiembre de 2026.


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