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Notijurídico 100 - La Superintendencia Financiera establecerá el cronograma para la expedición de estándares de intercambio de información en las finanzas abiertas

En días pasados, la Superintendencia Financiera de Colombia, publicó para comentarios el proyecto de Carta Circular con el Cronograma para la expedición de estándares de intercambio de información en el sistema de finanzas abiertas.

De esta manera, las finanzas abiertas son un concepto de gran relevancia para el sistema financiero colombiano, pues transforma los flujos de información al interior del sistema y permite una mayor movilidad de consumidores, productos y servicios.

Así, el primer marco regulatorio de las finanzas abiertas en Colombia, a partir de un esquema voluntario bajo el cual las entidades vigiladas pueden tratar la información, previa autorización expresa e informada de los consumidores financieros. Así mismo, este Decreto asignó a la Superintendencia Financiera de Colombia la facultad de definir los estándares tecnológicos relacionados con la seguridad de la información, la infraestructura y demás aspectos necesarios para promover la interoperabilidad y el desarrollo de las finanzas abiertas.

Igualmente, la Superintendencia Financiera de Colombia deberá incluir el esquema de portabilidad financiera dentro del cronograma que publicará para la expedición de los estándares.

Por último, la la Superintendencia Financiera de Colombia se permite informar el cronograma de estandarización del sistema de finanzas abiertas:

  • Tipos de Información: Portabilidad financiera crédito consumo, plazo máximo 8 meses.
  • Tipos de Información: Portabilidad financiera crédito hipotecario, plazo máximo 16 meses.
  • Tipos de Información: Portabilidad financiera crédito comercial, plazo máximo 24 meses.
  • Tipos de Información: Información sobre las características generales de los productos y servicios de crédito ofrecidos por las entidades vigiladas, plazo máximo 36 meses.
  • Tipos de Información: Información sobre las características generales de los productos y servicios de captación ofrecidos por las entidades vigiladas, plazo máximo 48 meses.
  • Tipos de Información: Información sobre las características generales de los productos y servicios de seguros ofrecidos por las entidades vigiladas, plazo máximo 60 meses.
  • Tipos de Información: Información sobre las características generales de los productos y servicios de inversión ofrecidos por las entidades vigiladas, plazo máximo 72 meses.
  • Tipos de Información: Historial transaccional de productos de crédito que estén a nombre del Titular, plazo máximo 84 meses.
  • Tipos de Información: Historial transaccional de depósitos a la vista que estén a nombre del Titular, plazo máximo 96 meses.
  • Tipos de Información: Información asociada al proceso de vinculación del Titular como cliente, plazo máximo 108 meses.
  • Tipos de Información: Información asociada a los productos de depósito a término, plazo máximo 120 meses.
  • Tipos de Información: Servicios de iniciación de pagos, plazo máximo 132 meses.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 10 de septiembre de 2026.

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Informe Diario 3 de septiembre de 2026
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