En días pasados, el Departamento Nacional de Planeación, publicó para comentarios el proyecto de Decreto “Por medio del cual se crea la Política de Calidad Acústica en Colombia de la que trata la Ley 2450 de 2025”.
De esta manera, tiene por objeto adoptar la Política de Calidad Acústica en Colombia, y establecer las disposiciones generales para su implementación, seguimiento y articulación institucional, de conformidad con lo previsto en la Ley 2450 de 2025.
Así, la Política de Calidad Acústica se aplicará en todo el territorio nacional, será observada por las entidades del orden nacional y se implementará en coordinación con las entidades territoriales en el marco de su autonomía y demás actores responsables, conforme a las competencias previstas en la Ley 2450 de 2025 y las normas que la desarrollen.
Igualmente, la implementación, evaluación y seguimiento de la Política de Calidad Acústica estará a cargo de las entidades responsables, las entidades vinculadas, las autoridades ambientales y las entidades territoriales competentes previstas en la Ley 2450 de 2025, de conformidad con las funciones asignadas por la Constitución Política, la ley y los reglamentos aplicables.
Por último, la implementación de la Política de Calidad Acústica se orientará por los ejes, líneas estratégicas y acciones contenidas en el Anexo 1 del presente decreto y se desarrollará mediante planes, programas, proyectos, instrumentos y medidas de prevención, mitigación, evaluación, seguimiento y control, de acuerdo con las competencias de cada entidad y nivel territorial.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 3 de septiembre de 2026.