En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por la cual se modifica parcialmente el Decreto que reglamenta el Certificado de Reembolso Tributario - CERT”.
De esta manera, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o la dependencia que haga sus veces, reconocerá el monto del CERT sobre el valor de la exportación realizada, de conformidad con los siguientes porcentajes:
- Se otorgará el 3% del valor FOB de la exportación correspondiente.
- Se otorgará el 2% del valor de la exportación correspondiente.
Así, en el caso de bienes, el CERT se liquidará en pesos colombianos mediante la aplicación de la tasa representativa del mercado (TRM) que esté vigente en la fecha de embarque, al valor que aparezca en la declaración de exportación (DEX).
Por último, se extiende el periodo de transición establecido en el artículo 20 del Decreto 566 de 2025 por dos (2) meses contados a partir del 29 de agosto de 2025.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 30 de julio de 2025.