Notijurídico 092 - MinHacienda adicionará el mecanismo diferencial de estabilización de precios del ACPM para automóviles, camionetas, camperos y cuatrimotos

En días pasados, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se adiciona el mecanismo diferencial de estabilización de precios del Aceite Combustible para Motores (ACPM) para vehículos de servicio particular, diplomático y oficial, de tipo automóvil, camioneta, campero y cuatrimoto en cuanto al control y vigilancia de este mecanismo”.

De esta manera, determínese el mecanismo diferencial de estabilización de precios del Aceite Combustible para Motor - ACPM para vehículos de servicio particular, diplomático y oficial de tipo automóvil, campero, camioneta y cuatrimoto. En consecuencia, su ingreso al productor deberá ser, como mínimo, el precio de paridad internacional.

Así, para los vehículos no incorporados en este mecanismo diferencial, incluyendo a los vehículos tipo bus, buseta, camión, microbús, tractocamión y volqueta, así como a todos los vehículos de servicio público, el ingreso al productor continuará rigiéndose por las resoluciones que expiden de manera conjunta y periódica los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía. En consecuencia, estos vehículos no estarán sujetos a la aplicación del mecanismo diferencial.

Igualmente, corresponde al Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con las normas vigentes, la regulación, control y vigilancia de las actividades de refinación, importación, almacenamiento, distribución y transporte de los combustibles líquidos derivados del petróleo, sin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas a otras autoridades.

Por último, corresponde a la CREG regular las actividades de refinación, importación, almacenamiento, distribución y transporte de los combustibles líquidos derivados del petróleo.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 25 de julio de 2025.

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