En días pasados, el Ministerio del Interior, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por medio del cual se reglamentan las condiciones en que las entidades públicas del orden nacional deben contratar con la Imprenta Nacional de Colombia los servicios relacionados con la producción, personalización, distribución, impresión, edición, divulgación y comercialización, de documentos oficiales”.
De esta manera, tiene como propósito garantizar el cumplimiento del mandato legal, fortalecer la soberanía y protección documental y de la data del Estado, seguridad digital, preservar la seguridad jurídica en la producción de documentos oficiales, reproducción de normas y actos oficiales, y consolidar capacidades institucionales sostenibles.
Así, esta norma busca promover la colaboración armónica entre entidades públicas, mediante el aprovechamiento de las capacidades técnicas y operativas de la Imprenta Nacional de Colombia, en el marco de las políticas de transformación digital, gobierno abierto, protección de datos y modernización del aparato estatal.
Igualmente, los Ministerios, los Departamentos Administrativos, las Superintendencias, las Unidades Administrativas Especiales y los Establecimientos Públicos del orden nacional, así como las entidades adscritas y vinculadas a los mismos y Organismos de la Rama Legislativa y Judicial, deberán contratar sus publicaciones e impresos con la Imprenta Nacional de Colombia.
Por último, cuando la Imprenta Nacional de Colombia, en los trabajos en los que no pueda atender los requerimientos del solicitante, o éste le acredite previamente a la Imprenta Nacional de Colombia con las respectivas cotizaciones que las condiciones de precio y/o plazo en el sector privado son más favorables, esta lo autorizará para contratar el trabajo con terceros, documento que hará parte integral del proceso de selección. También están autorizadas para contratar con terceros si la Imprenta Nacional de Colombia no responde su petición en el término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de la respectiva solicitud, para lo cual deberá anexar las respectivas constancias.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 21 de julio de 2025.