Notijurídico 085 - Concejo de Bogotá prohibirá la construcción de nuevos hornos crematorios en las zonas de proximidad del Distrito Capital

En días pasados, se radicó para primer debate en el Concejo de Bogotá el Proyecto de Acuerdo No. 266 de 2022 “Por medio del cual se prohíbe la construcción y puesta en funcionamiento de nuevos hornos crematorios en las zonas de proximidad del Distrito Capital, se dictan lineamientos para el traslado progresivo de los existentes en zonas de proximidad y otras disposiciones”.

De esta manera, tiene por objeto prohibir la construcción y funcionamiento de nuevos hornos crematorios en las zonas de proximidad del Distrito Capital, así como generar lineamientos para el traslado progresivo de los existentes hacia zonas de menor impacto a la salud de los Bogotanos.

Así, la prohibición de construcción y funcionamiento de nuevos hornos crematorios, está asociada a la legislación y normatividad vigente en materia de emisiones atmosféricas asociadas a la cremación de cuerpos y restos humanos en el territorio nacional, especialmente a las distancias que se deben guardar entre este tipo de equipamientos y las viviendas y áreas comerciales. De esta manera, el presente acuerdo contribuye a la regulación de los elementos reglamentados por el Ministerio de Salud y se encuentra en concordancia con la normativa internacional sobre la protección del medio ambiente y la salud, basados fundamentalmente en el principio de precaución.

Igualmente, se establecen lineamientos para el traslado progresivo de los Hornos Crematorios existentes actualmente en áreas de proximidad, dentro de las cuales encontramos los siguientes:

  1. Tener como principio fundamental el principio de precaución, en consideración a que la cremación es una actividad potencialmente peligrosa por causa de las emisiones generadas, en las inmediaciones de áreas residenciales.

  2. Establecer límites de distancia donde deben ubicarse los hornos crematorios respecto zonas de proximidad.

  3. Definir áreas para la ubicación de estos equipamientos, fijando la normatividad urbana y urbanística que permita mantener el control sobre las áreas perimetrales, evitando la consolidación de nuevos barrios que terminen absorbiendo las zonas de hornos crematorios.

  4. Definir áreas equidistantes para la instalación de nuevos hornos, de acuerdo con las necesidades generadas en todo el perímetro urbano de la ciudad.

  5. Proteger la salud de los habitantes de Bogotá como derecho fundamental.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 20 de mayo de 2022.

Descargue el documento aquí

Identificarse dejar un comentario
Notijurídico 085 - Concejo de Bogotá implementará beneficios tributarios para el impuesto de vehículos automotores