En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el proyecto de Resolución “Por la cual se adoptan los Límites Máximos de Residuos (LMR) de Medicamentos Veterinarios en alimentos y bebidas de origen animal destinados al consumo humano”.
De esta manera, tiene por objeto adoptar los Límites Máximos de Residuos (LMR) de medicamentos veterinarios en alimentos de origen animal, destinados al consumo humano, así como el listado de sustancias prohibidas para su uso como medicamentos veterinarios en animales destinados a la producción de dichos alimentos.
Así, las disposiciones contenidas en la presente resolución se aplicarán a:
- Los alimentos de origen animal, nacionales e importados, destinados al consumo humano, sometidos al cumplimiento de los Límites Máximos de Residuos (LMR) establecidos en el Anexo 1, el cual hace parte integral del presente acto administrativo.
- Todas las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, importación, exportación, comercialización, distribución y expendio de alimentos de origen animal, destinados al consumo humano.
- Las autoridades sanitarias que desarrollan las actividades de inspección, vigilancia y control sobre la fabricación, importación, comercialización, distribución y expendio de alimentos de origen animal, destinados al consumo humano.
Por último, se encuentran prohibidas para su uso en la sanidad animal, dado que existen evidencias que estas moléculas y sus metabolitos presentes en los alimentos, representan un riesgo para la salud de los consumidores. Por lo anterior, los alimentos de origen animal destinados al consumo humano, no deben contener residuos de medicamentos veterinarios que se encuentren prohibidos para su uso en el territorio nacional, de acuerdo con la reglamentación vigente y las demás que el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA determine.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 24 de julio de 2026.