Notijurídico 079 - MinVivienda reglamentará lo relacionado con las acometidas eléctricas para carga o repostaje de vehículos eléctricos

En días pasados, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por medio de la cual se reglamenta lo relacionado con las acometidas eléctricas para carga o repostaje de vehículos eléctricos”.

De esta manera, toda obra nueva de uso comercial o residencial, en los municipios de categoría especial, 1, 2 y 3 deberá contar con una acometida de electricidad para carga o el repostaje de vehículos eléctricos, para lo cual el constructor deberá dejar la infraestructura de soporte cercana al lugar de parqueo, sin incluir cableado, equipos de conexión para la recarga o repostaje correspondiente, conforme a la regulación que expida el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio. El cumplimiento de esta obligación se sujetará a lo que para tal efecto se disponga en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas-RETIE o la norma que la adicione, modifique o sustituya.

Así, para los puntos de carga para vehículos eléctricos, se establecerá un sistema de aplicación gradual para los municipios y distritos con categoría especial, 1, 2 y 3 teniendo en cuenta el registro de vehículos eléctricos reportado por el Ministerio de Transporte.

Igualmente, los municipios y distritos deberán desarrollar las normas específicas de aplicación para la definición del número de unidades residenciales o comerciales a las que les aplica los puntos de carga o repostaje, el número de puntos o porcentaje de estacionamientos que se deben destinar y demás normas específicas que se deben cumplir para garantizar la carga y repostaje de los vehículos eléctricos.

Por último, las solicitudes de licencias urbanísticas, modificaciones, prórrogas, revalidaciones, y otras actuaciones que se radiquen en legal y debida forma antes de la entrada en vigencia del presente decreto continuarán rigiéndose por las disposiciones vigentes al momento de su radicación.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 17 de mayo de 2022.

Descargue el documento aquí

Identificarse dejar un comentario
Notijurídico 078 - MinCultura modifica el incentivo tributario de deducción por inversiones o donaciones a proyectos de economía creativa