Notijurídico 079 - MinSalud establecerá los parámetros técnicos para la operación de la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó el Proyecto de Resolución “Por la cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral”.

De esta manera, tiene por objeto establecer los parámetros técnicos para la operación de la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, fijar especificaciones técnicas de higiene, salubridad, dotación mínima y definir las responsabilidades de las Secretarías de Salud Distritales, Departamentales y Municipales o la entidad que haga sus veces, frente a dicha estrategia, con el fin de llevar a cabo su plena implementación.

Así, las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a:

  1. Las entidades públicas del orden nacional y territorial.
  2. Las empresas privadas con un capital igual o superior a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes - SMLMV y, con un capital inferior a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes - SMLMV que cuenten con más de 50 empleados.
  3. Las secretarías de salud del orden departamental, distrital y municipal o la entidad que haga sus veces.

Igualmente, las entidades, deberán inscribir las Salas amigas de familia lactante del entorno laboral, especificando el nombre de la empresa o entidad, el nombre del representante legal y el NIT, ante la Secretaría de salud del municipio o distrito donde esté ubicada dicha sala. La Secretaria de Salud, o entidad que haga sus veces, pondrá a disposición de este Ministerio, a través de la Dirección de Promoción y Prevención, la información así obtenida. En todo caso, la inscripción a que alude este artículo no es requisito para entrar a operar o continuar la operación de las salas.

Por último, las salas amigas corresponden a una estrategia de promoción, protección y apoyo a la lactancia materna; sin embargo, si en el desarrollo de la implementación de la estrategia se evidencian factores de riesgo para la inocuidad y calidad de la leche materna extraída, en los términos de esta resolución, deberá informarse por parte de los referentes de nutrición o quien haga sus veces en el territorio, a la autoridad sanitaria competente para realizar las acciones de inspección vigilancia y control.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 27 de mayo de 2024.

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