Notijurídico 078 - MinSalud dará cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte Constitucional en relación con la Eutanasia

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte Constitucional en relación con la Eutanasia y Adecuación de los Esfuerzos Terapéuticos”.

De esta manera, el derecho a morir con dignidad enmarca las facultades que le permiten a la persona vivir con dignidad el final de su ciclo vital, permitiéndole tomar decisiones sobre cómo enfrentar el momento de muerte.

Así, la garantía de este derecho, en el marco del sistema general de seguridad social en salud, comprende las atenciones en salud y el cuidado integral del proceso de muerte. La elección de una opción sobre otra no es excluyente, como tampoco es necesario ni mandatorio que se agote una para acceder a otra.

Igualmente, en ejercicio del derecho fundamental a morir con dignidad, para dar prevalencia a la autonomía del paciente y a su concepto de dignidad humana y calidad de vida frente a la condición de salud extrema, se deberán tener en consideración varias etapas y mecanismos de manifestación de la voluntad. En primer lugar, la Solicitud de Eutanasia o la Solicitud de AET son expresiones del paciente que permiten determinar cual sería la posición voluntaria de la persona en torno a la muerte digna; en segundo lugar, se encuentra la Reiteración de la Solicitud de Eutanasia, y en tercer lugar, el Consentimiento Informado para la realización del procedimiento eutanásico.

Por último, la solicitud del paciente para acceder a las opciones de Eutanasia o AET podrá ser manifestada a través de un Documento de Voluntad Anticipada (DVA); este adicionalmente será válido para expresar la Reiteración de la Solicitud de Eutanasia y el Consentimiento Informado para la realización del procedimiento eutanásico, cuando debido a condiciones clínicas específicas, el paciente no pueda manifestar su voluntad de manera directa. Así mismo, serán usados cuando la evaluación de la capacidad para la toma de decisiones determine que el paciente no cuenta con competencia para decidir sobre la anticipación de la muerte a través del procedimiento eutanásico.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 20 de junio de 2025.

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