Notijurídico 077 - Concejo de Bogotá busca modificar los horarios de circulación de los vehículos de transporte de carga en las zonas de restricción

En días pasados, se radicó para primer debate en el Concejo de Bogotá el Proyecto de Acuerdo No. 327 de 2024 “Por medio del cual se modifican los horarios de circulación de los vehículos de transporte de carga en las zonas de restricción de Bogotá”.

De esta manera, la Administración Distrital, a través de su Secretaría de Movilidad y Ambiente, se encargarán de la revisión juiciosa de los siguientes lineamientos:

  1. Modifíquese los horarios de circulación de los vehículos de transporte de carga, de tal forma que queden así: Se restringe la circulación de vehículos de transporte de carga con "peso bruto vehicular máximo" superior a ocho mil quinientos kilogramos (8.500 kg), de lunes a viernes entre las 04:30 y las 08:00 horas y entre las 17:30 y las 20:00 horas.
  2. Manténganse las demás condiciones establecidas por cuenta del Artículo 3 incluyendo correspondiente a las zonas de restricción del Decreto 840 de 2019.
  3. Entréguese un informe trimestral que dé cuenta del seguimiento y evaluación de los tiempos de viaje, una vez entren en vigencia las modificaciones aquí presentadas.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 23 de mayo de 2024.

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