En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se establece el procedimiento aplicable al reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario – CERT para las exportaciones de bienes y servicios”.
De esta manera, tiene por objeto establecer el procedimiento aplicable al reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario – CERT para las exportaciones de bienes y servicios que trata el del Decreto 0566 del 28 de mayo de 2025.
Así, las solicitudes de reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario – CERT deben ser presentadas por los intermediarios del mercado cambiario autorizados. El intermediario del mercado cambiario que presente la solicitud deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Poder otorgado por el exportador para: (i) presentar en su nombre la solicitud de reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario – CERT, (ii) efectuar todas las gestiones inherentes a la solicitud o que se desprendan de su presentación, (iii) responder requerimientos, (iv) notificarse de los actos administrativos emitidos por la Dirección de Comercio Exterior en respuesta a la solicitud, (v) recibir del depósito de valores el Certificado de Reembolso Tributario – CERT y (vi) realizar las demás actuaciones que surjan durante el trámite y que sean necesarias para la debida atención de la solicitud.
- Manifestar si autoriza a la Dirección de Comercio Exterior para la notificación personal por medio electrónico de los actos administrativos que se profieran durante el trámite de la solicitud del Certificado de Reembolso Tributario – CERT.
Igualmente, la validación de los aspectos formales de la solicitud se realizará mediante el aplicativo informático dispuesto por la Dirección de Comercio Exterior. Para el efecto, la radicación de la solicitud de reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario – CERT estará condicionada a que se diligencie toda la información y se aporten todos los documentos en las condiciones establecidas.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 12 de junio de 2025.