En días pasados, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se reglamentan los Sistemas de Recolección y Gestión Selectiva de Fármacos o Medicamentos Vencidos”.
De esta manera, tiene por objeto reglamentar las obligaciones de los productores, comercializadores, usuarios o consumidores con respecto a los fármacos o medicamentos vencidos, así como establecer los elementos, lineamientos y requisitos de los Sistema de Recolección y Gestión Selectiva de Fármacos o Medicamentos Vencidos, y dictar medidas relacionadas con la generación y el manejo ambientalmente racional de estos, en el marco de la gestión integral de los residuos peligrosos, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente.
Así, aplican en todo el territorio nacional a los productores, comercializadores, usuarios o consumidores de fármacos o medicamentos.
Igualmente, los siguientes medicamentos o fármacos se exceptúan del ámbito de aplicación de la presente resolución:
- Medicamentos radiofármacos
- Medicamentos cuyo mecanismo de comercialización autorizado sea el de uso hospitalario exclusivamente.
- Medicamentos en bolsas o recipientes que contienen soluciones para uso intravenoso, intraperitoneal y en hemodiálisis.
- Cilindros de gases medicinales.
Por último, los productores de fármacos o medicamentos que a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación, deberán presentar para aprobación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA el Sistema de Recolección y Gestión Selectiva de Fármacos o Medicamentos Vencidos a más tardar el 30 de abril del año siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución, teniendo en cuenta los indicadores de cumplimiento y gestión que estén vigentes para el año de la presentación del Sistema.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 2 de junio de 2025.