En días pasados, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se establecen los parámetros y los valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales de Aguas Residuales No Domésticas Tratadas al Suelo”.
De esta manera, tiene por objeto establecer los parámetros y los valores límites máximos permisibles que deberán cumplir quienes realicen vertimientos puntuales de Aguas Residuales no Domésticas Tratadas al suelo.
Así, adóptese como instrumento necesario para el establecimiento de los parámetros y valores máximos permisibles de los vertimientos, la Guía para la Determinación de las Categorías del Suelo como matriz Receptora de Vertimientos de Aguas Residuales no Domésticas Tratadas, cuyo cálculo se fundamenta en la información suministrada por el Usuario interesado en el permiso de vertimiento.
Igualmente, para todas las actividades industriales, comerciales o de servicios que realicen vertimientos puntuales de Aguas Residuales no Domésticas Tratadas al suelo, tendrán en el parámetro de temperatura como valor límite máximo permisible un rango de ±5,0 ºC del rango de temperatura media anual del lugar, de acuerdo con la información disponible y actualizada del clima ambiental con la que cuente el IDEAM.
Por último, en el marco del permiso de vertimiento, la información de los resultados de los análisis y cuantificación de los parámetros específicos aplicables definidos en la presente Resolución para los vertimientos puntuales de aguas residuales no domésticas tratadas al suelo, deberá suministrar el titular del permiso a la Autoridad Ambiental competente.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 26 de junio de 2026.