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Notijurídico 062 - MinComercio establecerá aranceles inteligentes y medidas arancelarias para el fortalecimiento de la producción nacional

En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por medio del cual se establecen los aranceles inteligentes y se adoptan medidas arancelarias para el fortalecimiento de la producción nacional”.

De esta manera, los Aranceles Inteligentes constituyen un instrumento de política comercial y arancelaria orientado a promover la reindustrialización, la transición energética, el fortalecimiento de la producción nacional, la generación de empleo, la atracción de inversión, el desarrollo tecnológico y la competitividad de la economía colombiana.

Así, los Aranceles Inteligentes se fundamentan en el uso de una metodología técnica de análisis y evaluación de medidas arancelarias que comprende: i) la identificación, depuración y evaluación del universo arancelario nacional mediante criterios económicos, comerciales, productivos y sectoriales, y ii) la evaluación de solicitudes de modificación arancelaria presentadas por los sectores productivos, gremios, asociaciones, entidades públicas y demás interesados.

Igualmente, la metodología tendrá por objeto identificar, priorizar y recomendar medidas arancelarias que contribuyan al fortalecimiento de la producción nacional, la sustitución eficiente de importaciones, la consolidación de cadenas de valor, el aprovechamiento de la capacidad productiva instalada, la generación de valor agregado, la sostenibilidad del empleo y el desarrollo de sectores estratégicos para el país.

Por último, se incrementará el gravamen arancelario aplicable a las importaciones de las mercancías clasificadas en las subpartidas arancelarias señaladas, originarias de países con los cuales Colombia no tenga vigente un acuerdo comercial que contemple preferencias arancelarias para dichas mercancías. El incremento corresponderá a diez (10) o veinte (20) puntos porcentuales sobre el arancel de Nación Más Favorecida (NMF) vigente para cada subpartida, sin exceder en ningún caso el nivel máximo del arancel consolidado por Colombia ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 18 de junio de 2026.

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