Notijurídico 060 - MinSalud adoptará lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó el Proyecto de Resolución “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud”.

De esta manera, las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o las entidades que hagan sus veces, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) o quien haga sus veces, las Administradoras de Riesgos Laborales en el componente de salud, el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad, las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas y privadas, el talento humano en salud, los profesionales independientes de salud y las instituciones con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud, y demás entidades que desarrollen acciones en salud, de acuerdo con sus competencias, responsabilidades y funciones.

Así,  la rehabilitación en salud está dirigida a personas que presentan condiciones de salud que pueden comprometer su funcionamiento y llevarles a presentar necesidades de rehabilitación, las cuales al ser intervenidas desde la misma, pueden lograr beneficios. Estas condiciones de salud se refieren a enfermedades (agudas o crónicas), trastornos, lesiones o traumatismos, u otras circunstancias como el embarazo, el envejecimiento, el estrés, una anomalía congénita o predisposición genética, entre otras. La población con mayor necesidad de rehabilitación corresponde a quienes tienen trastornos musculoesqueléticos, desórdenes neurológicos, deficiencias sensoriales, desórdenes mentales, enfermedades respiratorias crónicas, enfermedades cardiovasculares y neoplasias. No obstante, podrán surgir otras condiciones de salud o riesgos para el funcionamiento humano que puedan beneficiarse de la rehabilitación, los cuales serán reconocidos en la identificación de necesidades de rehabilitación en los territorios, en coherencia con los procesos de Planeación Integral en Salud.

Igualmente, las entidades territoriales del nivel departamental, distrital y municipal orientarán acciones de desarrollo de capacidades con su personal para ejercer el liderazgo y coordinación del proceso de fortalecimiento de la rehabilitación en salud y desarrollarán asistencias técnicas con los actores del sistema de salud presentes en su territorio para la adecuada implementación de los lineamientos de rehabilitación en salud adoptados.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 24 de abril de 2024.

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