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Notijurídico 052 - MinSalud adicionará la incorporación del Resumen Digital de Atención de dispensación de medicamentos y tecnologías en salud

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el proyecto de Resolución “Por medio de la cual se adiciona la incorporación del Resumen Digital de Atención —RDA— de dispensación de medicamentos y tecnologías en salud, se establecen los flujos de direccionamiento, programación y entrega para el suministro y dispensación de tecnologías en salud y servicios complementarios”.

De esta manera, tiene por objeto adicionar la Resolución 1888 de 2025 a fin de incorporar el Resumen Digital de Atención — RDA— de dispensación de medicamentos y tecnologías en salud, se establecen los flujos de direccionamiento, programación y entrega para el suministro y dispensación de tecnologías en salud y servicios complementarios.

Así, serán aplicables a los operadores logísticos de tecnologías en salud y gestores farmacéuticos, en su condición de integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en el marco de las actividades relacionadas con el suministro, gestión, dispensación, intercambio y reporte de información asociada a tecnologías en salud y servicios complementarios.

Igualmente, en lo relacionado con las entidades territoriales, a través de sus secretarías de salud o las entidades que hagan sus veces y con el apoyo de las Secretarías TIC o quien haga sus veces, desde el ámbito de sus competencias, apoyarán la incorporación en el mecanismo de Interoperabilidad de Historia Clínica Electrónica - IHCE- de los prestadores de servicios de salud que operen en su territorio.

Por último, los sujetos obligados responsables del reporte, intercambio, gestión y actualización de la información asociada al Resumen Digital de Atención —RDA— de dispensación de medicamentos y tecnologías en salud deberán implementar y cumplir los mecanismos técnicos, operativos, funcionales y de interoperabilidad, así como los lineamientos, estándares, estructuras de datos, protocolos y demás disposiciones que defina el Ministerio de Salud y Protección Social. Para tal efecto, los sujetos obligados deberán interoperar con las plataformas definidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, garantizando el adecuado intercambio de información relacionado con la prescripción, direccionamiento, programación, dispensación, entrega efectiva y cierre del suministro de medicamentos y tecnologías en salud.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 27 de mayo de 2026.

Descargue el documento aquí

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